Mostrando entradas con la etiqueta Audiencia Provincial. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Audiencia Provincial. Mostrar todas las entradas

viernes, 7 de diciembre de 2012

Confirman los 3 años de cárcel por vender cocoaína

El Tribunal Supremo (TS) confirmó la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla que condenó a tres años de cárcel a un hombre que transportaba 37 papelinas de droga para su posterior venta. De esta forma, los magistrados de la Sala de lo Penal rechazaron el recurso interpuesto por el procesado; e insistieron en que quedó suficientemente probado que el acusado portaba los estupefacientes para su distribución ilícita a terceros.

El dictamen destaca que este individuo fue detenido cuando portaba un monedero con 17 papelinas de cocaína, veinte envoltorios de heroína y nueve comprimidos de benzodiacepina. Además, los agentes también le encontraron 1.040 euros en efectivo. La Audiencia Provincial lo sentenció a tres años de prisión el pasado 9 de marzo; además de imponerle el pago de una multa de 329 euros.

sábado, 3 de noviembre de 2012

Absuelta de un robo en un Caprabo de Barcelona

La Audiencia revoca la sentencia condenatoria por falta de pruebas. La acusada 
expone que se hallaba en su casa de Écija cuando sucedió el hurto

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Barcelona absolvió a una vecina de Écija de un hurto en un supermercado Caprabo de la localidad catalana. Un robo que se produjo, según mantuvo la acusada, cuando ella se encontraba en su domicilio del municipio hispalense. De esta forma, el tribunal revoca la sentencia previa del Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona, que condenó a la mujer a través de un Procedimiento de Juicio Rápido de Faltas.

Los magistrados consideraron insuficiente la prueba de cargo presentada. Según el dictamen judicial, en la sentencia sólo se valoró la declaración de una empleada del hipermercado. “Quien manifestó inicialmente que no había presenciado los hechos, sino que se le dio cuenta por un empleado y que avisó al vigilante de seguridad del establecimiento, que se personó posteriormente”, resaltó la Audiencia Provincial, que apostilló que ninguna de estas dos personas compareció como testigos en el proceso.

Por todo ello, la sala estimó que las manifestaciones de la trabajadora del Caprabo carecieron de “indicios corrobaradores acreditados” y, además, incidió en que el dictamen del Juzgado de Instrucción no fundamentó suficientemente la condena emitida. De hecho, la vecina de Écija alegó que ni siquiera recibió la citación para el juicio. Y, para la vista posterior en la Audiencia, propuso hasta cinco testigos que respaldaran su versión.

sábado, 15 de septiembre de 2012

Condenada a cárcel por estafa en la venta de Iphones

La sección primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza acaba de ratificar la sentencia de cárcel emitida contra una joven sevillana, dictada por estafar a un individuo en la venta de teléfonos móviles del modelo Iphone. Los magistrados confirmaron ahora la pena impuesta anteriormente por el Juzgado de lo Penal número 8 de la ciudad maña, que condenó a la chica a cuatro meses de prisión por un delito de estafa y al pago de una multa de 240 euros por una falta contra la propiedad industrial.

Los hechos sucedieron en septiembre de 2010, cuando la procesada colgó en una web un anuncio para vender teléfonos móviles de la marca Iphone 4, de 32 Gb, con un precio de 350 euros la unidad y 10 euros de gastos de envío. Un hombre se interesó entonces por el producto y alcanzó un acuerdo con la condenada, pactando el pago contra reembolso. El afectado recogió entonces el paquete, previo abono de 710 euros en Correos. “Pero la acusada, con ánimo de obtener un beneficio patrimonial ilícito, remitió en el paquete dos cajas que contenía imitaciones de las terminales telefónicas. Tratándose, por tanto, de Iphone falsos”, concreta la sentencia.

El Juzgado de lo Penal, a la hora de dictar condena, aplicó la atenuante muy cualificado de reparación de daño. “La acusada, tras haber tenido conocimiento de su imputación por estos hechos, procedió en fecha 17 de marzo de 2011, y antes del inicio de la vista oral, a devolver al afectado la cantidad de 710 euros que éste había pagado”, señaló el magistrado.