El Consejo Consultivo desestima una reclamación contra el Virgen del Rocío por "la
defectuosa atención sanitaria" recibida por un padre y que habría provocado su muerte
El
Consejo Consultivo de Andalucía desestimó la reclamación interpuesta
por una familia contra el Hospital Universitario Virgen del Rocío, que
pedía una indemnización de 174.365,75 euros por “la defectuosa
asistencia sanitaria recibida por el padre, F. L. C. S; y que, según
expuso la esposa y el hijo del paciente provocó su fallecimiento el pasado 13
de enero de 2010.
“La
muerte se produjo por una flagrante desatención y falta de aplicación
de medios diagnósticos y terapéuticos existentes. Que, de habérselos
aplicado, habrían logrado superar la enfermedad. Y no privarle de
expectativas de supervivencia a los 49 años de edad por no ofrecerle los
servicios sanitarios todos los medios posibles para atender su
patología”, exponen los familiares en su escrito.
A
pesar de estas acusaciones, el Consejo Consultivo estimó que los
reclamantes no aportaron ninguna prueba sobre la actuación del centro
sanitario. “Se limitan a afirmar que la actuación médica ha sido
negligente”, recalca el órgano regional en su resolución, que resuelve
que el propio informe forense emitido en el seno de las Diligencias
Penales abiertas –aportado por la propia familia- no dice nada sobre la
existencia de mala praxis. “Al contrario, pone de manifiesto que se
trata de una muerte inesperada”, concluye la institución andaluza.
Por
todo ello y en base a otros informes adjuntos, el Consejo determinó que
no puede considerarse que la incidencia fuera causada por mala praxis.
“Todos los informes médicos permiten concluir que la actuación ha sido
la adecuada, disponiendo los medios necesarios para el tratamiento de
los síntomas que presentaba el paciente”, añadió el organismo regional,
que subrayó que no quedó acreditado el “nexo causal entre el daño
invocado y el funcionamiento del servicio público sanitario”.
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